MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN Y LA VERDAD CON RELACIÓN A LOS DESEMBOLSOS AL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CONCEPCIÓN.
Ante lo manifestado por Justiniano Riveros, en su publicación de fecha 14 de julio de 2019, en el diario Ultima Hora con el título “COMUNA CONCEPCIONERA DEJÓ SIN G.400 MILLONES A BOMBEROS”, la Municipalidad de Concepción desmiente dichas afirmaciones y aclara:
1º. PRIMERO: En el marco de la investigación fiscal han sido informados y presentados los documentos que acreditan transferencias conforme a la disponibilidad financiera de la Municipalidad de Concepción al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Concepción por los años 2017, 2018 y 2019, en concepto de Tasas por Servicios de Prevención y Protección Contra Riesgos de Incendio, Derrumbe y Otros.
2ºSEGUNDO: Justiniano Riveros miente al afirmar que la Municipalidad de Concepción incumplió leyes y ordenanzas al no realizar las transferencias. Para conocimiento del comunicador y la opinión pública, destacar que la percepción de la tasa precitada se establece en virtud a una Ordenanza Municipal y no por imposición de una Ley de la Nación. La Ordenanza establece la forma de cobro de dicho rubro, no así los plazos de pago del mismo por parte de la Municipalidad de Concepción.
3ºTERCERO: La percepción del rubro señalado es registrado en la ejecución presupuestaria de ingresos de forma diaria, mensual y anual y al mismo tiempo, el compromiso de pago es obligado en la ejecución presupuestaria de gastos de la Institución Municipal, tal como lo establece el Art. 185 de la Ley 3966/2010 Orgánica Municipal, que habla de la ejecución del presupuesto, de conformidad a los principios, normas y criterios presupuestarios que establece la Ley, sus reglamentos, las ordenanzas y resoluciones. El proyecto de ordenanza del Presupuesto Municipal es elevado por iniciativa del Ejecutivo Municipal a la Junta Municipal, ESTIMANDO LOS INGRESOS A PERCIBIR y previendo los gastos a realizar en un determinado periodo o año y es aquí que generalmente se tropieza con inconvenientes, ya que la ejecución presupuestaria propiamente dicha, está supeditada al flujo estacional de los ingresos y la capacidad real de ejecución del presupuesto, financieramente hablando. Las obligaciones son contraídas con cargo a los saldos disponibles de asignación o rubro presupuestario específico, SUBORDINADO SIEMPRE A LA DISPONIBILIDAD FINANCIERA.
4ºCUARTO: Existiendo disponibilidad financiera, el Intendente Municipal en su función de ordenador de gastos de la comuna tiene la obligación de priorizar gastos urgentes y necesarios para el buen funcionamiento de la Municipalidad y la prestación de los servicios básicos para el cumplimiento de sus atribuciones.
5ºQUINTO: Justiniano Riveros omite las circunstancias verdaderas y miente al afirmar que con la falta de transferencia se concreta la APROPIACIÓN DEL DINERO. No existió ni existe APROPIACIÓN CON UN DINERO que en realidad no existe, al no existir disponibilidad financiera.
6ºSEXTO: Conforme a la Ley N° 5.375 “QUE MODIFICA VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY N° 1.431/99 “QUE REGULA LA ORGANIZACIÓN DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PARAGUAY”, los servicios de carácter social prestados por los Cuerpos de Bomberos Voluntarios son proporcionados en el marco de la ayuda debida por el Estado y los servicios de emergencias prestados a la ciudadanía en cumplimiento de sus fines sociales, serán enteramente gratuitos, salvo aquellos que no tengan ese carácter, tales como la investigación y el asesoramiento. Los desembolsos más que una obligación legal, son prestaciones altruistas a fin de contribuir al cumplimiento de las funciones en beneficio del bien común. El mismo bien común que busca la Municipalidad con la prestación de todos sus servicios.
Los municipios por su autonomía y autarquía constitucional, dependen casi exclusivamente de sus recursos genuinos o propios. En los últimos años, las Municipalidades, han venido sufriendo también los embates de la rescisión económica, arrastrándose ya esta situación por varios periodos, tanto a nivel regional como nacional. A pesar de estos problemas, la Institución ha redoblado esfuerzos para aumentar la capacidad de recaudación e ir cumpliendo de esa manera con los compromisos contraídos.
En honor a la verdad y respeto a la opinión pública, la Municipalidad de Concepción ratifica su compromiso firme con el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Concepción, compromiso que no ha sido incumplido y que se encuentra legalmente documentado, y presentado ante el Ministerio Público como prueba de verdad y buena fé.
Repudia, la manera vil e inescrupulosa en que ciertos medios de prensa y sus comunicadores utilizan a una entidad noble y cara al afecto de la comunidad como es el Cuerpo de Bomberos Voluntarios.
Insta a la ciudadanía a no dejarse engañar por las mentiras de quienes buscan instalar el odio y la división entre compueblanos y a seguir trabajando juntos, para construir una sociedad democrática, basada en la justicia, la igualdad y la verdad.
Concepción, julio de 2019.